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Profesora, catedrática y escritora, es en la actualidad Directora de la Escuela de Educación mención Lenguas Modernas de la UCNE, presidenta del Centro Duartiano, Salcedo, y coordinadora nacional de los Equipos Docentes de América Latina Filial República Dominicana, EDAL.

María Mercedes Ortiz, presenta propuesta de gobierno municipal para el periodo 2020-2024


La candidata a la alcaldía por el municipio Salcedo y actual alcaldesa por la Alianza PLD-PRD y otros partidos, Licda. María Mercedes Ortiz, presentó a la sociedad Salcedense  su programa de gobierno municipal, programa que desarrollaría para el período 2020 - 2024. Leer más

Jueves 26 de julio, 2012

Presidente de la RD ganará 500 mil pesos

 

SANTO DOMINGO.- Los presidentes de la República, la Suprema Corte de Justicia, el Senado y la Cámara de Diputados percibirían cada uno 500 mil pesos mensuales (casi US$12,800) de sueldo, si se aprueba el proyecto de ley de regulación salarial del Estado que cursa en el Congreso Nacional.


El vicepresidente de la República y el presidente del Tribunal Constitucional ganarían RD$400 mil (US$10,217) en tanto que el presidente del Tribunal Superior Electoral RD$375 mil (US$9,578).


El sueldo de los presidentes de la Junta Central Electoral, Cámara de Cuentas, Defensor del Pueblo, los ministros y el Procurador General tendrían un sueldo RD$350 mil (US$8,939).


Los funcionarios del régimen monetario y financiero quedarían fuera del ámbito de la Ley, ya que están protegidos por el artículo 225 de la Constitución.


La iniciativa será conocida en la próxima sesión del Senado.

El presidente de una comisión que estudia la pieza garantizó que será conocida antes del 16 de agosto, en la legislatura extraordinaria que al efecto convocará el presidente Leonel Fernández.


De acuerdo con el proyecto, la escala salarial de los funcionarios de alto nivel del Gobierno Central, jefes de los estamentos de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y demás funcionarios de los ministerios, direcciones generales, superintendencias y entes y órganos descentralizados y autónomos y de regulación establecida en el ámbito de aplicación de esta ley, dependiente del Poder Ejecutivo, serán establecidos por reglamento que al efecto dicte el Presidente, a propuesta del Ministerio de Administración Pública.


Se dispone que la regulación salarial para los incumbentes, directivos, funcionarios o servidores públicos de las empresas descentralizadas y autónomas financieras del Estado, será dispuesta por resolución del consejo directivo o autoridad competente de que se trate, en coordinación con el ministro de su dependencia o adscripción y el Ministerio de Administración Pública, tomando como referencia el reglamento salarial dictado por el Presidente de la República.

Fuente: DIARIO LIBRE

 
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